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Artículo 150 de la Constitución Española

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Lo que hay que saber del artículo 150

Del resumen del Auxiliar Administrativo GVA Sanitat · tema 1: La Constitución española de 1978:

Texto del artículo 150

Título VIII. De la Organización Territorial del Estado › Capítulo tercero. De las Comunidades Autónomas · Texto consolidado del BOE, actualizado a 20/05/2026

Artículo 150

1. Las Cortes Generales, en materias de competencia estatal, podrán atribuir a todas o a alguna de las Comunidades Autónomas la facultad de dictar, para sí mismas, normas legislativas en el marco de los principios, bases y directrices fijados por una ley estatal. Sin perjuicio de la competencia de los Tribunales, en cada ley marco se establecerá la modalidad del control de las Cortes Generales sobre estas normas legislativas de las Comunidades Autónomas.

2. El Estado podrá transferir o delegar en las Comunidades Autónomas, mediante ley orgánica, facultades correspondientes a materia de titularidad estatal que por su propia naturaleza sean susceptibles de transferencia o delegación. La ley preverá en cada caso la correspondiente transferencia de medios financieros, así como las formas de control que se reserve el Estado.

3. El Estado podrá dictar leyes que establezcan los principios necesarios para armonizar las disposiciones normativas de las Comunidades Autónomas, aun en el caso de materias atribuidas a la competencia de éstas, cuando así lo exija el interés general. Corresponde a las Cortes Generales, por mayoría absoluta de cada Cámara, la apreciación de esta necesidad.

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 20/05/2026. Ver en el BOE

Una pregunta sobre este artículo

De las que puedes hacer gratis en SanidadOpo, con la respuesta correcta:

  1. Test del tema 1 de Auxiliar Administrativo GVA Sanitat (gratis)

    Según el artículo 150.3 de la Constitución, la apreciación de la necesidad de dictar leyes que establezcan los principios necesarios para armonizar las disposiciones normativas de las Comunidades Autónomas corresponde:

    1. Al Gobierno, previo dictamen del Consejo de Estado.
    2. Al Congreso de los Diputados, por mayoría de tres quintos.
    3. A las Cortes Generales, por mayoría absoluta de cada Cámara.
    4. Al Senado, por mayoría absoluta, previo requerimiento a los Presidentes autonómicos.
    Ver la respuesta

    c) A las Cortes Generales, por mayoría absoluta de cada Cámara.

    Fuente: «Corresponde a las Cortes Generales, por mayoría absoluta de cada Cámara, la apreciación de esta necesidad.» (Constitución Española, art. 150.3)

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El texto es el consolidado del BOE (las normas no tienen derechos de autor, art. 13 de la Ley de Propiedad Intelectual). Las cifras salen de las preguntas del banco de SanidadOpo y de los exámenes oficiales que tenemos; se rehacen cada vez que se añade un tema o un examen. SanidadOpo es una web privada de estudio, no oficial: lo que vale es el BOE.