Artículo 2.
Uno. El territorio de Galicia es el comprendido en las actuales provincias de La Coruña, Lugo, Orense y Pontevedra.
Dos. La organización territorial tendrá en cuenta la distribución de la población gallega y sus formas tradicionales de convivencia y asentamiento.
Tres. Una ley del Parlamento regulará la organización territorial propia de Galicia, de acuerdo con el presente Estatuto.
Téngase en cuenta que las provincias de La Coruña y Orense se denominan oficialmente A Coruña y Ourense, según establecen los arts. 1 y 2 de la Ley 2/1998, de 3 de marzo.
Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 31/07/2026. Las notas en gris dicen qué norma cambió el artículo y cuándo. Ver en el BOE
Las 2 preguntas que lo citan son de temas y exámenes Premium: aquí solo contamos cuántas son; se practican en la app, con la explicación de cada respuesta.
El texto es el consolidado del BOE (las normas no tienen derechos de autor, art. 13 de la Ley de Propiedad Intelectual). Las cifras salen de las preguntas del banco de SanidadOpo y de los exámenes oficiales que tenemos; se rehacen cada vez que se añade un tema o un examen. SanidadOpo es una web privada de estudio, no oficial: lo que vale es el BOE.