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Artículo 17 de la Ley 10/2014 de Salud de la Comunitat Valenciana: Sistema de Información Poblacional (SIP)

Lo citan 1 pregunta del banco de SanidadOpo (exámenes oficiales), de Auxiliar Administrativo GVA Sanitat. Abajo tienes el texto vigente del BOE, preguntas de ejemplo y los artículos relacionados.

🏛️ 1 pregunta de exámenes oficiales🏥 1 oposición

Ha salido en los exámenes oficiales de Auxiliar Administrativo GVA Sanitat (2022).

Texto del artículo 17

Título III. El Sistema Valenciano de Salud › Capítulo V. El Sistema de Información Poblacional (SIP) y los documentos de identificación y acreditación sanitaria · Texto consolidado del BOE, actualizado a 18/09/2026

Artículo 17. Sistema de Información Poblacional (SIP).

1. El Sistema de Información Poblacional (SIP) es el registro administrativo corporativo de la conselleria competente en materia de sanidad que contiene información administrativa y sanitaria de las personas residentes en la Comunitat Valenciana y de aquellas que, no siendo residentes, acceden a las prestaciones sanitarias del Sistema Valenciano de Salud.

El conjunto de sistemas de información corporativos debe ser coherente, sincronizado e interoperable con la información corporativa de SIP, sin perjuicio de que podrán incorporarse los datos complementarios que se requieran para el ejercicio de sus competencias.

2. El SIP tiene por objeto:

a) La correcta identificación y registro de todos los pacientes y personas usuarias del Sistema Valenciano de Salud.

b) Ofrecer información necesaria para la valoración del grado de cobertura y atención sanitaria de la población, así como para el desarrollo de las actuaciones en materia de salud pública.

c) Facilitar el intercambio de datos clínicos y administrativos entre los sistemas de información corporativos de la conselleria competente en materia de sanidad, favoreciendo el avance hacia la interoperabilidad.

3. El SIP recogerá, como mínimo, los datos de identificación, localización y modalidad de acreditación del derecho a la cobertura sanitaria de cada una de las personas registradas en él y, cuando proceda, la asignación de centro y médico.

Se modifica el apartado 1 por el art. único.20 de la Ley 8/2018, de 20 de abril.

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 18/09/2026. Las notas en gris dicen qué norma cambió el artículo y cuándo. Ver en el BOE

Una pregunta sobre este artículo

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  1. Examen oficial: Concurso-oposición Auxiliar administrativo/a de la función administrativa (OPE 2017-2018 y estabilización… (gratis en SanidadOpo)

    Según contempla el artículo 17 de la Ley 10/2014, de 29 de diciembre, de Salud de la Comunitat Valenciana, sobre el Sistema de Información Poblacional (SIP), podemos decir que:

    1. Toda persona registrada en el Sistema de Información Poblacional tendrá asignado un número de identificación, denominado número SIP, de carácter público y variable.
    2. El conjunto de sistemas de información corporativos debe ser coherente, sincronizado e interoperable con la información corporativa de SIP, sin perjuicio de que podrán incorporarse los datos complementarios que se requieran para el ejercicio de sus competencias.
    3. El SIP tiene por objeto facilitar el intercambio de datos clínicos y administrativos entre los sistemas de información de los distintos sistemas públicos nacionales de salud, favoreciendo el avance hacia la gestión integrada.
    4. El SIP recogerá, como mínimo, los datos de identificación, localización y modalidad de acreditación del derecho a la cobertura sanitaria de cada una de las personas registradas en él y, cuando proceda, la asignación de centro de especialidades y hospital de referencia.
    Ver la respuesta

    b) El conjunto de sistemas de información corporativos debe ser coherente, sincronizado e interoperable con la información corporativa de SIP, sin perjuicio de que podrán incorporarse los datos complementarios que se requieran para el ejercicio de sus competencias.

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El texto es el consolidado del BOE (las normas no tienen derechos de autor, art. 13 de la Ley de Propiedad Intelectual). Las cifras salen de las preguntas del banco de SanidadOpo y de los exámenes oficiales que tenemos; se rehacen cada vez que se añade un tema o un examen. SanidadOpo es una web privada de estudio, no oficial: lo que vale es el BOE.