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Artículo 12 de la Ley 40/2015: Delegación de firma

Lo citan 4 preguntas del banco de SanidadOpo (tests de los temas y exámenes oficiales), de Auxiliar Administrativo GVA Sanitat, Auxiliar Administrativo IB-Salut, Auxiliar Administrativo ICS, Auxiliar Administrativo SERMAS, Auxiliar Administrativo SESCAM. Abajo tienes el texto vigente del BOE, lo que hay que saber, preguntas de ejemplo y los artículos relacionados.

📝 2 preguntas en los tests de los temas🏛️ 2 preguntas de exámenes oficiales🏥 5 oposiciones

Ha salido en los exámenes oficiales de Auxiliar Administrativo ICS (2024); Auxiliar Administrativo SESCAM (2026).

Lo que hay que saber del artículo 12

Del resumen del Auxiliar Administrativo GVA Sanitat · tema 7: Ley 40/2015, de régimen jurídico del sector público:

Texto del artículo 12

Título preliminar. Disposiciones generales, principios de actuación y funcionamiento del sector público › Capítulo II. De los órganos de las Administraciones Públicas · Texto consolidado del BOE, actualizado a 27/10/2026

Artículo 12. Delegación de firma.

1. Los titulares de los órganos administrativos podrán, en materias de su competencia, que ostenten, bien por atribución, bien por delegación de competencias, delegar la firma de sus resoluciones y actos administrativos en los titulares de los órganos o unidades administrativas que de ellos dependan, dentro de los límites señalados en el artículo 9.

2. La delegación de firma no alterará la competencia del órgano delegante y para su validez no será necesaria su publicación.

3. En las resoluciones y actos que se firmen por delegación se hará constar esta circunstancia y la autoridad de procedencia.

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 27/10/2026. Ver en el BOE

Una pregunta sobre este artículo

De las que puedes hacer gratis en SanidadOpo, con la respuesta correcta:

  1. Examen oficial: ICS – Auxiliar administratiu/iva (codi 161), convocatòria d'estabilització (codi 100) – Prova oposició fases… (gratis en SanidadOpo)

    En la delegació de signatura dels òrgans administratius, és cert que:

    1. La delegació de signatura altera la competència de l'òrgan delegant, i perquè sigui vàlida cal publicar-la.
    2. La delegació de signatura altera la competència de l'òrgan delegant, i perquè sigui vàlida no cal publicar-la.
    3. La delegació de signatura no altera la competència de l'òrgan delegant, i perquè sigui vàlida cal publicar-la.
    4. La delegació de signatura no altera la competència de l'òrgan delegant, i perquè sigui vàlida no cal publicar-la.
    Ver la respuesta

    d) La delegació de signatura no altera la competència de l'òrgan delegant, i perquè sigui vàlida no cal publicar-la.

Las otras 3 preguntas que lo citan son de temas y exámenes Premium: aquí solo contamos cuántas son; se practican en la app, con la explicación de cada respuesta.

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