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Artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004 de violencia de género: Acreditación de situaciones de violencia de género

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📝 1 pregunta en los tests de los temas🏥 11 oposiciones

Lo que hay que saber del artículo 23

Del resumen del Auxiliar Administrativo GVA Sanitat · tema 12: Ley Orgánica 1/2004, contra la violencia de género:

Texto del artículo 23

Título II. Derechos de las mujeres víctimas de violencia de género › Capítulo II. Derechos laborales y prestaciones de la Seguridad Social · Texto consolidado del BOE, actualizado a 10/07/2026

Artículo 23. Acreditación de situaciones de violencia de género.

Las situaciones de violencia de género que dan lugar al reconocimiento de los derechos regulados en esta ley se acreditarán mediante una sentencia condenatoria por cualquiera de las manifestaciones de la violencia contra las mujeres previstas en esta ley, una orden de protección o cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima, o bien por el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género. También podrán acreditarse las situaciones de violencia contra las mujeres mediante informe de los servicios sociales, de los servicios especializados, o de los servicios de acogida de la Administración Pública competente destinados a las víctimas de violencia de género, o por cualquier otro título, siempre que ello esté previsto en las disposiciones normativas de carácter sectorial que regulen el acceso a cada uno de los derechos y recursos.

En el caso de víctimas menores de edad, la acreditación podrá realizarse, además, por documentos sanitarios oficiales de comunicación a la Fiscalía o al órgano judicial.

El Gobierno y las comunidades autónomas, en el marco de la Conferencia Sectorial de Igualdad, diseñarán, de común acuerdo, los procedimientos básicos que permitan poner en marcha los sistemas de acreditación de las situaciones de violencia de género.

Se modifica, con efectos desde el 7 de octubre de 2022, por la disposición final 9.8 de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre. #df-9

Se modifica por el art. único.2 del Real Decreto-ley 9/2018, de 3 de agosto. #au

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 10/07/2026. Las notas en gris dicen qué norma cambió el artículo y cuándo. Ver en el BOE

Las 1 pregunta que lo citan son de temas y exámenes Premium: aquí solo contamos cuántas son; se practican en la app, con la explicación de cada respuesta.

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