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Artículo 67 de la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos: Actuaciones previas de investigación

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📝 1 pregunta en los tests de los temas🏥 16 oposiciones

Lo que hay que saber del artículo 67

Del resumen del Auxiliar Administrativo GVA Sanitat · tema 9: Protección de datos personales (LO 3/2018 y RGPD):

Texto del artículo 67

Título VIII. Procedimientos en caso de posible vulneración de la normativa de protección de datos · Texto consolidado del BOE, actualizado a 08/10/2026

Artículo 67. Actuaciones previas de investigación.

1. Antes de la adopción del acuerdo de inicio de procedimiento, y una vez admitida a trámite la reclamación si la hubiese, la Agencia Española de Protección de Datos podrá llevar a cabo actuaciones previas de investigación a fin de lograr una mejor determinación de los hechos y las circunstancias que justifican la tramitación del procedimiento.

La Agencia Española de Protección de Datos actuará en todo caso cuando sea precisa la investigación de tratamientos que implique un tráfico masivo de datos personales.

2. Las actuaciones previas de investigación se someterán a lo dispuesto en la sección 2.ª del capítulo I del título VII de esta ley orgánica y no podrán tener una duración superior a dieciocho meses a contar desde la fecha del acuerdo de admisión a trámite o de la fecha del acuerdo por el que se decida su iniciación cuando la Agencia Española de Protección de Datos actúe por propia iniciativa.

Se modifica el apartado 2 por la disposición final 9.7 de la Ley 11/2023, de 8 de mayo. #df-9

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 08/10/2026. Las notas en gris dicen qué norma cambió el artículo y cuándo. Ver en el BOE

Una pregunta sobre este artículo

De las que puedes hacer gratis en SanidadOpo, con la respuesta correcta:

  1. Test del tema 9 de Auxiliar Administrativo GVA Sanitat (gratis)

    Las actuaciones previas de investigación de la Agencia Española de Protección de Datos no pueden durar más de un determinado plazo, contado desde el acuerdo de admisión a trámite o, si la Agencia actúa por propia iniciativa, desde el acuerdo que decida su iniciación. Ese plazo es de:

    1. Doce meses.
    2. Dieciocho meses.
    3. Veinticuatro meses.
    4. Seis meses.
    Ver la respuesta

    b) Dieciocho meses.

    Fuente: «no podrán tener una duración superior a dieciocho meses a contar desde la fecha del acuerdo de admisión a trámite» (Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, art. 67.2)

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El texto es el consolidado del BOE (las normas no tienen derechos de autor, art. 13 de la Ley de Propiedad Intelectual). Las cifras salen de las preguntas del banco de SanidadOpo y de los exámenes oficiales que tenemos; se rehacen cada vez que se añade un tema o un examen. SanidadOpo es una web privada de estudio, no oficial: lo que vale es el BOE.