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👥 Tema 5: El Estatuto Básico del Empleado Público

Auxiliar Administrativo/a · Servicio Madrileño de Salud · Bloque I

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Resumen

El Estatuto establece las bases del régimen de los funcionarios y las normas aplicables al personal laboral de las Administraciones Públicas (art. 1). Entre sus fundamentos, la objetividad, profesionalidad e imparcialidad quedan garantizadas con la inamovilidad del funcionario de carrera (art. 1.3). El personal estatutario de los Servicios de Salud se rige por su legislación específica y por el Estatuto. Se exceptúan el capítulo II del título III, salvo su artículo 20, y los artículos 22.3, 24 y 84 (art. 2.3). Cuando el texto habla de funcionario de carrera, incluye también al estatutario (art. 2.4). A jueces, fiscales, militares o Fuerzas y Cuerpos de Seguridad solo se les aplica directamente si su legislación lo dispone (art. 4).

Son empleados públicos quienes desempeñan funciones retribuidas en las Administraciones al servicio de los intereses generales. Se dividen en funcionarios de carrera, interinos, personal laboral (fijo, indefinido o temporal) y eventual (art. 8). Las funciones que implican potestades públicas corresponden en exclusiva a funcionarios (art. 9.2). El interino se nombra por necesidad y urgencia en cuatro casos: vacantes (máximo tres años), sustituciones, programas temporales (hasta tres años, ampliables doce meses) o exceso de tareas (nueve meses dentro de dieciocho) (art. 10.1). El eventual solo ejerce confianza o asesoramiento especial y cesa con la autoridad a la que sirve. Esa condición no es mérito para el acceso ni para la promoción interna (art. 12). El directivo laboral queda en la relación especial de alta dirección (art. 13).

Entre los derechos individuales figuran la inamovilidad y la formación continua, preferentemente en horario laboral. También la desconexión digital, en los términos de la ley de protección de datos (art. 14). Se ejercen de forma colectiva la libertad sindical, la negociación, la huelga con mantenimiento de servicios esenciales, los conflictos colectivos y la reunión (art. 15). En las Mesas de Negociación están los sindicatos más representativos y los que obtengan el 10 % o más de representantes (art. 33). No es obligatorio negociar, por ejemplo, las potestades de organización ni los poderes de dirección y control jerárquicos (art. 37.2). Representan a los funcionarios los Delegados de Personal (uno hasta 30; tres de 31 a 49) y las Juntas, desde 50. Su mandato es de cuatro años (arts. 39 y 42).

La carrera admite cuatro modalidades (art. 16): - Horizontal: progresar sin cambiar de puesto. - Vertical: ascender por provisión. - Promoción interna vertical: pasar a un Subgrupo superior. - Promoción interna horizontal: pasar a cuerpos del mismo Subgrupo. La promoción interna exige dos años de servicio activo en el Subgrupo inferior (art. 18). Al estatutario se le aplica la evaluación del desempeño, que mide la conducta profesional y el rendimiento (art. 20). De ella depende seguir en un puesto ganado por concurso (art. 20.4). Las retribuciones básicas, sueldo y trienios, dependen del Subgrupo y de la antigüedad (arts. 22 y 23). Hay dos pagas extraordinarias al año (art. 22.4). Lo aportado a planes de pensiones es retribución diferida (art. 29). El descuento por huelga no es sanción (art. 30).

La Administración debe flexibilizar el horario de quien tenga a su cargo hijos menores de doce años (art. 47). El teletrabajo es voluntario y reversible salvo casos excepcionales (art. 47 bis). Hay cinco días hábiles por enfermedad grave u hospitalización de familiar de primer grado, y cuatro si es de segundo grado. Por matrimonio corresponden quince días y por asuntos particulares, seis. La lactancia da una hora de ausencia divisible en dos (art. 48). El nacimiento, la adopción y el permiso del otro progenitor duran diecinueve semanas (art. 49). La víctima de violencia de género o sexual que reduce un tercio o menos su jornada mantiene sus retribuciones íntegras (art. 49.d). El permiso parental no es retribuido y dura hasta ocho semanas (art. 49.g). Las vacaciones son veintidós días hábiles (art. 50).

Los empleados públicos deben actuar con diligencia y servir a los intereses generales. Se guían por principios como objetividad, integridad, neutralidad, imparcialidad, confidencialidad, transparencia o austeridad. Estos principios orientan además la interpretación del régimen disciplinario (art. 52). Los principios éticos incluyen respetar la Constitución, abstenerse en asuntos con interés personal, no aceptar tratos de favor y guardar secreto de las materias clasificadas (art. 53). Los principios de conducta obligan a obedecer las órdenes de los superiores. Si una orden es una infracción manifiesta del ordenamiento, se comunica de inmediato a los órganos de inspección. También obligan a rechazar regalos que superen los usos habituales, sociales y de cortesía, a mantener la formación y a atender en la lengua oficial que pida el ciudadano (art. 54).

El acceso se rige por igualdad, mérito y capacidad, con publicidad, transparencia, imparcialidad de los órganos de selección y agilidad (art. 55). Los requisitos son (art. 56): - Nacionalidad española. - Capacidad funcional. - Dieciséis años cumplidos, sin superar la edad de jubilación forzosa. - No estar separado ni inhabilitado. - La titulación exigida. Los nacionales de la Unión Europea acceden como funcionarios salvo a funciones de poder público. Lo mismo vale para sus descendientes menores de veintiún años o mayores dependientes (art. 57). Se reserva al menos un 7 % de las vacantes a personas con discapacidad; dentro de esa reserva, al menos el 2 % de las plazas es para discapacidad intelectual (art. 59). Interinos, eventuales y cargos políticos no pueden formar parte de los órganos de selección (art. 60).

Los sistemas selectivos de funcionarios son la oposición y el concurso-oposición. El concurso de méritos solo cabe por ley y con carácter excepcional (art. 61.6). Si hay renuncias antes del nombramiento, puede pedirse una relación complementaria de aspirantes (art. 61.8). La condición de funcionario se adquiere, por este orden: superar el proceso, nombramiento publicado, acatamiento de la Constitución y toma de posesión (art. 62). Se pierde por renuncia, pérdida de la nacionalidad, jubilación total, separación firme o inhabilitación firme (art. 63). No se acepta la renuncia con expediente disciplinario abierto (art. 64). La inhabilitación especial afecta solo a los cargos que indique la sentencia (art. 66). La jubilación forzosa llega a los sesenta y cinco años, con prolongación posible hasta los setenta (art. 67.3).

Las situaciones del funcionario de carrera son servicio activo, servicios especiales, servicio en otras Administraciones, excedencia y suspensión de funciones (art. 85). Se pasa a servicios especiales, por ejemplo, por misiones internacionales de más de seis meses (art. 87.1.b). Quien obtiene destino en otra Administración por transferencia o provisión pasa a servicio en otras Administraciones (art. 88). La excedencia por interés particular exige cinco años previos de servicios efectivos (art. 89.2). La de cuidado de familiares dura hasta tres años, con reserva del puesto al menos dos (art. 89.4). La víctima de violencia de género o sexual cobra íntegro los dos primeros meses de su excedencia (art. 89.5). Una suspensión de más de seis meses supone perder el puesto (art. 90).

Funcionarios y laborales quedan sujetos al régimen disciplinario. Quien induce a cometer una falta responde igual que el autor. También responde quien encubre faltas graves o muy graves que causen daño grave (art. 93). Si aparecen indicios de delito, se suspende el expediente y se avisa al Ministerio Fiscal (art. 94.3). Las faltas son muy graves, graves o leves; es muy grave, por ejemplo, desatender los servicios esenciales en huelga (art. 95). Las sanciones incluyen separación, suspensión firme hasta seis años, traslado forzoso, demérito y apercibimiento (art. 96). Las faltas prescriben a los tres años, dos años y seis meses; las sanciones, a los tres, dos y un año (art. 97). Durante la suspensión provisional se cobran las retribuciones básicas (art. 98).

Claves para el examen

💡 Truco

Para el art. 2.3 usa la regla 'fuera la carrera, dentro la nota'. Al estatutario no se le aplica el capítulo de carrera (cap. II del título III), salvo la evaluación del desempeño (art. 20). Tampoco lo que paga y mueve esa carrera: el 22.3 y el 24 (retribuciones complementarias) y el 84 (movilidad entre Administraciones). En la prescripción (art. 97), muy graves y graves son 3 y 2 años tanto para faltas como para sanciones; solo cambia lo leve: la falta leve, medio año; la sanción leve, un año entero.

🤓 Curiosidad

La disposición transitoria novena sigue en el texto. Recuerda que el permiso del progenitor diferente de la madre biológica creció por escalones: ocho semanas en 2019, doce en 2020 y dieciséis en 2021. Hoy el art. 49.c, reformado en 2025, lo fija en diecinueve semanas, y en treinta y dos en caso de monoparentalidad. Aún se conserva además la disposición transitoria sexta, que hablaba de un permiso de paternidad de solo quince días (RDL 5/2015, disposición transitoria novena, añadida por el Real Decreto-ley 6/2019, BOE-A-2019-3244, y art. 49.c, modificado por el Real Decreto-ley 9/2025, BOE-A-2025-15741).

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