SanidadOpo
⭐ Premium

Artículo 16 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Derechos sociales

Lo citan 1 pregunta del banco de SanidadOpo (tests de los temas), de Auxiliar Administrativo IB-Salut. Abajo tienes el texto vigente del BOE y los artículos relacionados.

📝 1 pregunta en los tests de los temas🏥 1 oposición

Texto del artículo 16

Título II. De los derechos, los deberes y las libertades de los ciudadanos de las Illes Balears · Texto consolidado del BOE, actualizado a 11/08/2026

Artículo 16. Derechos sociales.

1. Los poderes públicos de las Illes Balears defenderán y promoverán los derechos sociales de los ciudadanos de las Illes Balears, que representan un ámbito inseparable del respeto de los valores y derechos universales de las personas y que constituyen uno de los fundamentos cívicos del progreso económico, cultural y tecnológico de la Comunidad Autónoma.

2. Mediante una ley del Parlamento se elaborará la Carta de Derechos Sociales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, como expresión del espacio cívico de convivencia social de los ciudadanos de las Illes Balears, que contendrá el conjunto de principios, derechos y directrices que informan la actuación pública de las Administraciones públicas de las Illes Balears en el ámbito de la política social.

3. En todo caso, la actuación de las Administraciones públicas de las Illes Balears deberá centrarse primordialmente en los siguientes ámbitos: la defensa integral de la familia; los derechos de las parejas estables; la protección específica y la tutela social del menor; la no discriminación y los derechos de las personas dependientes y de sus familias a la igualdad de oportunidades, su participación y protección, a la integración y a la accesibilidad universal en cualquier ámbito de la vida pública, social, educativa y económica; la protección y atención integral de las personas mayores para la promoción de su autonomía personal y del envejecimiento activo que les permita una vida digna e independiente y su bienestar social e individual; la articulación de políticas que garanticen la participación de la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural; la asistencia social a las personas que padezcan marginación, pobreza o exclusión social; la igualdad de derechos de hombres y mujeres en todos los ámbitos, en particular en materia de empleo y trabajo; la protección social contra la violencia, especialmente la violencia de género; los derechos y la atención social de los inmigrantes con residencia permanente en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

4. Las Administraciones públicas, en el marco de sus competencias respectivas, promoverán las condiciones necesarias para que los derechos sociales de los ciudadanos de las Illes Balears y de los grupos y colectivos en que se integran sean objeto de una aplicación real y efectiva.

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 11/08/2026. Ver en el BOE

Las 1 pregunta que lo citan son de temas y exámenes Premium: aquí solo contamos cuántas son; se practican en la app, con la explicación de cada respuesta.

🩺 Haz los tests de esta ley gratis

En qué temas entra

Temas del temario de SanidadOpo con preguntas sobre este artículo:

Artículos relacionados

Todos los artículos preguntados del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears · Todas las leyes del temario

El texto es el consolidado del BOE (las normas no tienen derechos de autor, art. 13 de la Ley de Propiedad Intelectual). Las cifras salen de las preguntas del banco de SanidadOpo y de los exámenes oficiales que tenemos; se rehacen cada vez que se añade un tema o un examen. SanidadOpo es una web privada de estudio, no oficial: lo que vale es el BOE.