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Artículo 24 de la Ley 11/2017 de buen gobierno del IB-Salut: Contrato Programa de las organizaciones del Servicio Madrileño de Salud

Lo citan 2 preguntas del banco de SanidadOpo (tests de los temas), de Celador/a SERMAS. Abajo tienes el texto vigente del BOE y los artículos relacionados.

📝 2 preguntas en los tests de los temas🏥 1 oposición

Texto del artículo 24

Capítulo V. Autonomía de gestión y capacidad de innovación · Texto consolidado del BOE, actualizado a 20/12/2025

Artículo 24. Contrato Programa de las organizaciones del Servicio Madrileño de Salud.

1. Con el objeto de avanzar en la autonomía de gestión la elaboración del Contrato Programa de las organizaciones sanitarias, de acuerdo con el presupuesto, deberá permitir que la descentralización de la gestión se fundamente en una rendición de cuentas integrada que vincule financiación, recursos, actividad, calidad y resultados.

2. En el supuesto de que se produzca una minoración presupuestaria en relación con el gasto ejecutado en el ejercicio anterior, el Contrato Programa deberá incluir cambios explícitos congruentes en términos de los recursos, actividad y resultados, todo ello atendiendo al criterio de suficiencia presupuestaria. Cuando las circunstancias sanitarias determinen la conveniencia de cualquier cambio sobrevenido en el Contrato Programa que implique obligaciones de carácter económico, dicho cambio deberá acompañarse de las modificaciones presupuestarias correspondientes.

3. En aplicación del principio de descentralización, el Contrato Programa se desplegará internamente en acuerdos de gestión con las áreas, institutos, servicios o unidades en las que la organización sanitaria esté internamente constituida, de modo que la combinación de dichos acuerdos sea congruente y sustente el conjunto del Contrato Programa.

4. Es responsabilidad de la Junta de Gobierno exigir a la Dirección Gerencia una rendición de cuentas que vincule el Contrato Programa a la ejecución presupuestaria, lo cual deberá ser también garantizado por la Dirección General del Servicio Madrileño de Salud.

5. A efectos de aportar mayor sostenibilidad y anticipación a la gestión sanitaria, los contratos programa se elaborarán de forma plurianual, adaptando al inicio de cada año la anualidad en curso a las asignaciones presupuestarias finalmente establecidas en el nuevo presupuesto o incorporadas de ejercicios anteriores.

6. El cumplimiento del Contrato Programa se hará a través de un cuadro de mando con indicadores relativos a cada una de las dimensiones y objetivos establecidos, y con la desagregación hasta el nivel de unidades. El mencionado cuadro de mandos mostrará los objetivos previstos y el avance o desviaciones producidas, y será público y accesible en la web. El control de gestión se hará trimestralmente.

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 20/12/2025. Ver en el BOE

Las 2 preguntas que lo citan son de temas y exámenes Premium: aquí solo contamos cuántas son; se practican en la app, con la explicación de cada respuesta.

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El texto es el consolidado del BOE (las normas no tienen derechos de autor, art. 13 de la Ley de Propiedad Intelectual). Las cifras salen de las preguntas del banco de SanidadOpo y de los exámenes oficiales que tenemos; se rehacen cada vez que se añade un tema o un examen. SanidadOpo es una web privada de estudio, no oficial: lo que vale es el BOE.