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🗂️ Tema 22: Herramientas informáticas. Internet, Intranet y Correo electrónico

Auxiliar Administrativo/a · Servicio Canario de la Salud · Bloque I

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Qué entra en este tema

Herramientas informáticas. Internet, Intranet y Correo electrónico: conceptos básicos, navegadores, búsquedas y acceso a la información, principales protocolos y servicios. Plataformas virtuales de teleformación. La Administración Electrónica y sus utilidades. Soportes de la Administración electrónica: La firma electrónica. El certificado digital.

Resumen

Internet es una red de redes de alcance mundial que usa el protocolo TCP/IP; la intranet aplica las mismas tecnologías dentro de una organización (por ejemplo, la intranet del SCS) y solo es accesible para su personal. Los servidores DNS traducen los nombres de dominio a direcciones IP; las direcciones IPv4 tienen 32 bits y, como no bastan para todos los dispositivos, se usan subredes privadas detrás de un router.

Navegadores (Firefox, Chrome, Edge…): permiten ver páginas web, guardan un historial de las páginas visitadas y organizan los favoritos o marcadores en carpetas. En ordenadores compartidos conviene borrar el historial. Los buscadores localizan información en la web.

Correo electrónico: el servidor de recepción suele ser POP (descarga los mensajes al ordenador) o IMAP (los mensajes se quedan sincronizados en el servidor), y el de envío SMTP. Los adjuntos no deberían superar unos 5 MB; para ficheros grandes es mejor enviar un enlace de descarga. Riesgos: correo basura (spam) y suplantación de identidad (phishing).

Plataformas de teleformación: entornos virtuales (como Moodle) donde el alumnado accede a cursos con contenidos, tareas, foros y evaluaciones; en el SCS se usan para la formación continuada del personal.

Administración electrónica (Leyes 39/2015 y 40/2015): la Administración verifica la identidad de los interesados con su nombre y apellidos del DNI o equivalente. Sistemas de identificación electrónica: certificados cualificados de firma, certificados cualificados de sello y otros sistemas con registro previo (como Cl@ve). La firma solo es obligatoria para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir y renunciar. Las notificaciones se practican preferentemente por medios electrónicos; nunca electrónicamente si el acto lleva elementos no convertibles o medios de pago como cheques. La Administración se identifica con sello electrónico y en la actuación automatizada puede usar sello o código seguro de verificación (CSV).

Certificado digital y firma electrónica (Ley 6/2020 y Reglamento eIDAS): el certificado electrónico vincula unos datos de verificación de firma a una persona y confirma su identidad. Los certificados cualificados duran como máximo cinco años y se extinguen por caducidad o revocación (a petición del firmante, por compromiso de las claves, resolución judicial o administrativa, fallecimiento…). Para obtener uno hay que personarse (o legitimar la firma ante notario, o usar videoidentificación autorizada). El DNI electrónico incorpora certificados de autenticación y firma.

Claves para el examen

💡 Truco

Para recordar los protocolos de correo: «POP te lo Pone en tu ordenador, IMAP lo deja Ahí en el servidor, SMTP lo Saca (envía)».

🤓 Curiosidad

Si una Administración te notifica a la vez en papel y por vía electrónica, cuenta como fecha de notificación la que se haya producido primero.

📚 Normativa del tema

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