Título IV. De las instituciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears › Capítulo VI. Órganos de consulta y asesoramiento · Texto consolidado del BOE, actualizado a 11/08/2026
Artículo 76. El Consejo Consultivo de las Illes Balears.
1. El Consejo Consultivo de las Illes Balears es el superior órgano de consulta de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. El Consejo Consultivo estará integrado como máximo por diez juristas de reconocido prestigio, dos quintas partes de los cuales serán elegidos por el Parlamento mediante el voto favorable de las tres quintas partes de los Diputados, y las otras tres quintas partes de los miembros serán elegidos por el Gobierno.
3. Una ley del Parlamento regulará su número, su organización y su funcionamiento.
Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 11/08/2026. Ver en el BOE
Las 2 preguntas que lo citan son de temas y exámenes Premium: aquí solo contamos cuántas son; se practican en la app, con la explicación de cada respuesta.
El texto es el consolidado del BOE (las normas no tienen derechos de autor, art. 13 de la Ley de Propiedad Intelectual). Las cifras salen de las preguntas del banco de SanidadOpo y de los exámenes oficiales que tenemos; se rehacen cada vez que se añade un tema o un examen. SanidadOpo es una web privada de estudio, no oficial: lo que vale es el BOE.