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Artículo 36 de la Ley 14/1986 General de Sanidad

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📝 2 preguntas en los tests de los temas🏥 13 oposiciones

Lo que hay que saber del artículo 36

Del resumen del Auxiliar Administrativo GVA Sanitat · tema 2: La Ley 14/1986, General de Sanidad:

Texto del artículo 36

Título I. Del sistema de salud › Capítulo VI. De las infracciones y sanciones · Texto consolidado del BOE, actualizado a 26/06/2026

Artículo treinta y seis

1. Las infracciones en materia de sanidad serán sancionadas con multas de acuerdo con la siguiente graduación:

a) Infracciones leves, hasta 3.005,06 euros.

b) Infracciones graves, desde 3.005,07 a 15.025,30 euros, pudiendo rebasar dicha cantidad hasta alcanzar el quíntuplo del valor de los productos o servicios objeto de la infracción.

c) Infracciones muy graves, desde 15.025,31 a 601.012,10 euros, pudiendo rebasar dicha cantidad hasta alcanzar el quíntuplo del valor de los productos o servicios objeto de la infracción.

2. Además, en los supuestos de infracciones muy graves, podrá acordarse, por el Consejo de Ministros o por los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas que tuvieren competencia para ello, el cierre temporal del establecimiento, instalación o servicio por un plazo máximo de cinco años. En tal caso, será de aplicación lo previsto en el artículo 57.4 de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, por la que se aprueba el Estatuto de los Trabajadores.

3. Las cuantías señaladas anteriormente deberán ser revisadas y actualizadas periódicamente por el Gobierno, por Real Decreto, teniendo en cuenta la variación de los índices de precios para el consumo.

Se convierten a euros las cuantías contempladas en el apartado 1 por el punto 3 de la Resolución de 19 de noviembre de 2001. .

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 26/06/2026. Las notas en gris dicen qué norma cambió el artículo y cuándo. Ver en el BOE

2 preguntas sobre este artículo

De las que puedes hacer gratis en SanidadOpo, con la respuesta correcta:

  1. Test del tema 2 de Auxiliar Administrativo GVA Sanitat (gratis)

    De acuerdo con el artículo treinta y seis, las infracciones sanitarias muy graves serán sancionadas con multa, pudiendo rebasarse la cantidad máxima hasta el quíntuplo del valor de los productos o servicios objeto de la infracción:

    1. Hasta 3.005,06 euros
    2. Desde 30.050,61 a 1.202.024,21 euros
    3. Desde 3.005,07 a 15.025,30 euros
    4. Desde 15.025,31 a 601.012,10 euros
    Ver la respuesta

    d) Desde 15.025,31 a 601.012,10 euros.

    Fuente: «Infracciones muy graves, desde 15.025,31 a 601.012,10 euros, pudiendo rebasar dicha cantidad hasta alcanzar el quíntuplo» (Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, art. 36.1.c))

  2. Test del tema 2 de Auxiliar Administrativo GVA Sanitat (gratis)

    En los supuestos de infracciones muy graves, el Consejo de Ministros o los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas competentes podrán acordar, según el artículo treinta y seis, el cierre temporal del establecimiento, instalación o servicio por un plazo máximo de:

    1. Diez años
    2. Un año
    3. Cinco años
    4. Dos años
    Ver la respuesta

    c) Cinco años.

    Fuente: «el cierre temporal del establecimiento, instalación o servicio por un plazo máximo de cinco años» (Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, art. 36.2)

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