Artículo 53 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales: Suspensión o cierre del centro de trabajo
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Ante infracciones de excepcional gravedad, el Gobierno o la comunidad autónoma pueden suspender actividades o cerrar el centro (art. 53).
Texto del artículo 53
Capítulo VII. Responsabilidades y sanciones · Texto consolidado del BOE, actualizado a 23/10/2026
Artículo 53. Suspensión o cierre del centro de trabajo.
El Gobierno o, en su caso, los órganos de gobierno de las Comunidades Autónomas con competencias en la materia, cuando concurran circunstancias de excepcional gravedad en las infracciones en materia de seguridad y salud en el trabajo, podrán acordar la suspensión de las actividades laborales por un tiempo determinado o, en caso extremo, el cierre del centro de trabajo correspondiente, sin perjuicio, en todo caso, del pago del salario o de las indemnizaciones que procedan y de las medidas que puedan arbitrarse para su garantía.
Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 23/10/2026. Ver en el BOE
Una pregunta sobre este artículo
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Según el artículo 53 de la Ley 31/1995, cuando concurran circunstancias de excepcional gravedad en las infracciones en materia de seguridad y salud en el trabajo, la suspensión de las actividades laborales por tiempo determinado o, en caso extremo, el cierre del centro de trabajo podrá ser acordado por:
La autoridad laboral provincial, a propuesta del Comité de Seguridad y Salud.
El Inspector de Trabajo y Seguridad Social actuante, mediante resolución motivada.
El Gobierno o, en su caso, los órganos de gobierno de las Comunidades Autónomas competentes.
El Juzgado de lo Social competente, a instancia de los Delegados de Prevención de la empresa.
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c) El Gobierno o, en su caso, los órganos de gobierno de las Comunidades Autónomas competentes.
Fuente: «El Gobierno o, en su caso, los órganos de gobierno de las Comunidades Autónomas con competencias en la materia» (Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, art. 53)
El texto es el consolidado del BOE (las normas no tienen derechos de autor, art. 13 de la Ley de Propiedad Intelectual). Las cifras salen de las preguntas del banco de SanidadOpo y de los exámenes oficiales que tenemos; se rehacen cada vez que se añade un tema o un examen. SanidadOpo es una web privada de estudio, no oficial: lo que vale es el BOE.