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Artículo 17 de la Ley 44/2003 de profesiones sanitarias: Expedición del título de especialista

Lo citan 1 pregunta del banco de SanidadOpo (tests de los temas), de TCAE GVA Sanitat, TCAE SERMAS, TCAE SESCAM. Abajo tienes el texto vigente del BOE, preguntas de ejemplo y los artículos relacionados.

📝 1 pregunta en los tests de los temas🏥 3 oposiciones

Texto del artículo 17

Título II. De la formación de los profesionales sanitarios › Capítulo III. Formación especializada en Ciencias de la Salud › Sección 1. ª Objeto y definiciones · Texto consolidado del BOE, actualizado a 24/09/2026

Artículo 17. Expedición del título de especialista.

1. Los títulos de especialista en Ciencias de la Salud serán expedidos por el Ministerio de Sanidad.

Téngase en cuenta que esta última actualización del apartado 1, establecida por la disposición final 14.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio. #df-14, produce efectos a partir del 1 de enero de 2002, según dispone su disposición final 25.

Redacción anterior:

"1. Los títulos de especialista en Ciencias de la Salud serán expedidos por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte."

2. La obtención del título de especialista requiere:

a) Estar en posesión del título de Licenciado o Diplomado Universitario que, en cada caso, se exija.

b) Acceder al sistema de formación que corresponda, así como completar éste en su integridad de acuerdo con los programas de formación que se establezcan, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 23 de esta ley para el supuesto de nueva especialización.

c) Superar las evaluaciones que se determinen y depositar los derechos de expedición del correspondiente título.

Se modifica el apartado 1, con efectos desde el 1 de enero de 2022, por la disposición final 14.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio. #df-14

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 24/09/2026. Las notas en gris dicen qué norma cambió el artículo y cuándo. Ver en el BOE

Una pregunta sobre este artículo

De las que puedes hacer gratis en SanidadOpo, con la respuesta correcta:

  1. Test del tema 5 de TCAE GVA Sanitat (gratis)

    Según la redacción vigente del artículo 17.1 de la Ley 44/2003, los títulos de especialista en Ciencias de la Salud serán expedidos por:

    1. La consejería competente en materia sanitaria de cada comunidad autónoma.
    2. El Ministerio de Sanidad.
    3. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
    4. El Consejo Nacional de Especialidades en Ciencias de la Salud.
    Ver la respuesta

    b) El Ministerio de Sanidad.

    Fuente: «Los títulos de especialista en Ciencias de la Salud serán expedidos por el Ministerio de Sanidad.» (Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, art. 17.1)

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