🗂️ Tema 17: Derechos y obligaciones de relacionarse electrónicamente con las administraciones públicas en…
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Derechos y obligaciones de relacionarse electrónicamente con las administraciones públicas en la Ley de procedimiento administrativo común. Sede electrónica. La Carpeta Ciudadana. Canales de atención a la ciudadanía: presencial, telefónico y electrónico. Acogida e información al ciudadano. Atención de personas con discapacidad según el Decreto 1/2023, de 23 de enero, de regulación de la accesibilidad universal en los espacios de uso público de las Islas Baleares. Quejas y sugerencias. La interoperabilidad en las administraciones públicas: concepto y finalidad; la Plataforma de Interoperabilidad de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (PINBAL). Aportación de documentos por los interesados en el procedimiento administrativo. Archivo electrónico.
Resumen
Las personas físicas pueden elegir en todo momento si se relacionan con la Administración por medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas; lo están, al menos, las personas jurídicas, las entidades sin personalidad, los profesionales colegiados en su actividad, quienes representan a un obligado y los empleados públicos en los trámites de su condición (art. 14 Ley 39/2015). Entre los derechos de las personas (art. 13) están comunicarse a través del Punto de Acceso General electrónico, ser asistidas en el uso de medios electrónicos y usar las lenguas oficiales. La sede electrónica es la dirección electrónica, de titularidad pública, en la que se hacen los trámites que exigen identificar a la Administración o al interesado; debe ofrecer, entre otras cosas, la fecha y hora oficial, el calendario de días inhábiles y un enlace para sugerencias y quejas. La Carpeta Ciudadana es el área personalizada del interesado (seguimiento de trámites, notificaciones, datos que tiene la Administración); el Govern tiene la suya.
La asistencia a la ciudadanía se presta por canales presencial, portales y sedes, redes sociales, teléfono y correo electrónico (art. 4 RD 203/2021). En las Illes Balears, el Decreto 1/2023 obliga a prestar la atención al público con criterios de accesibilidad universal: oficinas a nivel de calle o con rampa o ascensor, señalización comprensible, información en al menos dos modalidades sensoriales, textos de interés en lectura fácil, e intérpretes de lengua de signos o mediación comunicativa para quien lo necesite; los hospitales y urgencias que opten por ese personal deben tener al menos un intérprete en horario de atención. Las solicitudes de información accesible y las quejas se responden en veinte días hábiles.
La interoperabilidad permite a las Administraciones intercambiar datos y documentos; su marco es el Esquema Nacional de Interoperabilidad (art. 156 Ley 40/2015). Gracias a ella, el interesado tiene derecho a no aportar documentos que ya tenga la Administración o haya elaborado otra (art. 28 Ley 39/2015): la Administración los consulta electrónicamente salvo oposición del interesado, a través de plataformas de intermediación. En Baleares, la Plataforma de Interoperabilidad de las Illes Balears (PINBAL) conecta con la Plataforma de Intermediación del Estado. Finalmente, cada Administración mantiene un archivo electrónico único de los documentos de procedimientos finalizados (art. 17 Ley 39/2015).
Claves para el examen
- Obligados a la relación electrónica (art. 14.2): personas jurídicas, entidades sin personalidad, colegiados, representantes de obligados y empleados públicos.
- Derechos (art. 13): Punto de Acceso General, asistencia en medios electrónicos, lenguas oficiales, trato respetuoso, protección de datos.
- Sede electrónica: trámites con identificación; contenido mínimo con fecha y hora oficial, calendario de inhábiles y enlace de quejas y sugerencias.
- Carpeta Ciudadana: área personalizada; seguimiento de trámites, notificaciones y datos en poder de la Administración.
- Canales de asistencia (art. 4 RD 203/2021): presencial, portales y sedes, redes sociales, teléfono, correo electrónico.
- Decreto 1/2023: oficinas accesibles; información en dos de tres modalidades sensoriales; intérpretes de lengua de signos; quejas en 20 días hábiles.
- Esquema Nacional de Interoperabilidad (art. 156 Ley 40/2015).
- Derecho a no aportar documentos que ya tiene la Administración; no se exigen originales salvo excepción.
- PINBAL: plataforma de interoperabilidad del Govern. Archivo electrónico único para procedimientos finalizados.
💡 Truco
Separa tres cosas que se confunden: el portal (información), la sede (trámites con identificación) y la Carpeta Ciudadana (tu área personal). Y en documentos, la regla de oro: lo que ya tiene la Administración no se vuelve a pedir; se consulta por interoperabilidad (en Baleares, PINBAL).
🤓 Curiosidad
El Decreto balear 1/2023 exige que toda la información que se dé por megafonía en las oficinas aparezca también en paneles de texto visibles.
📚 Normativa del tema
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE-A-2015-10565, texto consolidado)
- Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos (BOE-A-2021-5032, texto consolidado)
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE-A-2015-10566, texto consolidado)
- Decreto 1/2023, de 23 de enero, de regulación de la accesibilidad universal en los espacios de uso público de las Illes Balears (BOIB núm. 11, de 24/01/2023)
- Govern de les Illes Balears, Portal de Administración Digital: Herramientas (Carpeta Ciudadana, PINBAL…)
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