🛏️ Tema 15: Unidades de competencia previstas en el Real Decreto 1790/2011, de 16 de diciembre
Celador/a · Servicio Madrileño de Salud · Bloque I
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Unidades de competencia previstas en el Real Decreto 1790/2011, de 16 de diciembre: Movilización y traslado de pacientes. Técnicas de movilización. Traslado del paciente encamado, en camilla y en silla de ruedas.
Resumen
El Real Decreto 1790/2011 crea la cualificación profesional del celador: «Traslado y movilización de usuarios/as y/o pacientes, documentación y materiales en centros sanitarios». Pertenece a la familia de Sanidad, es de nivel 1 y su código es SAN668_1. Su competencia general consiste en colaborar en la movilización y realizar el traslado y la atención de los pacientes, y en ordenar y trasladar documentos y materiales. Todo ello se hace bajo la supervisión del personal correspondiente y para garantizar la integridad y seguridad del paciente (RD 1790/2011, anexo DCLXVIII). El celador trabaja por cuenta ajena en centros públicos o privados, de atención primaria o especializada. Entre sus ocupaciones están las de celador de unidades de hospitalización, de unidades especiales, de almacén y de autopsias.
La cualificación tiene tres unidades de competencia. La UC2251_1 trata de documentos, materiales y equipos. La UC2252_1 cubre el traslado y la colaboración en la movilización de pacientes, «éxitus», amputaciones y fetos, en el acceso y en las unidades de hospitalización. La UC2253_1 se ocupa de las unidades especiales. La formación asociada dura 360 horas, repartidas en tres módulos: MF2251_1, de 60 horas; MF2252_1, de 180 horas, y MF2253_1, de 120 horas (RD 1790/2011, anexo DCLXVIII).
Movilización (UC2252_1, RP1). El celador colabora en la movilización para ayudar al personal de enfermería, bajo su supervisión. Antes de movilizar al paciente, conoce sus características gracias a la información que le da el personal sanitario (CR 1.1). Usa las ayudas técnicas respetando la intimidad del paciente (CR 1.2). Se coordina con los demás profesionales y aplica las normas de ergonomía e higiene postural para evitar la fatiga y las lesiones (CR 1.4). Las transferencias de un medio a otro se hacen según prescripción facultativa (CR 1.6) (RD 1790/2011).
Traslado (UC2252_1, RP3). El celador traslada al paciente a las pruebas que piden los facultativos, o en caso de emergencia, bajo la supervisión del personal de enfermería. Primero coteja la identidad del paciente con la solicitud (CR 3.1) y comprueba sus datos y las pruebas que se le van a hacer (CR 3.2). Fija el circuito con antelación para tardar lo menos posible (CR 3.4). La velocidad se ajusta a la gravedad de la patología, y al paciente se le informa antes del traslado (CR 3.5). El medio de transporte se elige según sus necesidades (CR 3.6). En una emergencia se siguen los protocolos de emergencia y catástrofe del centro (CR 3.8). Su contexto profesional incluye las ayudas técnicas, los equipos de traslado y transferencias y la evacuación del centro (RD 1790/2011).
El módulo MF2252_1 pide, en la capacidad C1, determinar las movilizaciones según los cometidos asistenciales del paciente. El alumno debe colaborar en la movilización del encamado siguiendo la normativa y los protocolos de ergonomía, y elegir la transferencia según las características del paciente y la ayuda que necesite. En la C3 debe conocer los equipos de traslado: el recorrido por los lugares permitidos, la velocidad y el material según la gravedad, los enseres del paciente y el método de evacuación. Sus contenidos incluyen las ayudas técnicas para la movilidad: muletas, bastón, andadores, cinturón de traslado, sillas de ruedas, camas y camillas, grúas, cucharas, tablas y rulos de transporte (RD 1790/2011, MF2252_1).
El Estatuto de Personal no Sanitario de 1971 sigue vigente en cuanto a funciones. Encarga al celador el traslado de los enfermos, dentro de la Institución y en el servicio de ambulancias. También le encarga ayudar a Enfermeras y Ayudantes de planta a mover a los encamados que necesiten un trato especial, para hacerles las camas. Además, ayuda a colocar y retirar las cuñas cuando el enfermo no pueda ser movido solo por ellas (Orden de 5 de julio de 1971, art. 14.2, funciones 12.ª, 13.ª y 18.ª).
El Real Decreto 487/1997 regula la manipulación manual de cargas, es decir, levantar, colocar, empujar, tirar o desplazar una carga con riesgo, en particular dorsolumbar (art. 2). El empresario debe evitarla, en especial con equipos de manejo mecánico (art. 3.1), y formar a los trabajadores (art. 4). Su anexo enumera los factores de riesgo, entre ellos los individuales, como la ropa o el calzado inadecuados o la patología dorsolumbar previa. La Guía técnica del INSST (2024), que lo desarrolla, considera carga también a una persona. Define la movilización de personas como mover o sostener a alguien con o sin ayudas técnicas. Recuerda que, entre dos personas, la capacidad de levantamiento es dos tercios de la suma de las capacidades individuales.
Según la Guía técnica (apéndice 3), mover pacientes causa muchas lesiones dorsolumbares. Por eso, primero hay que eliminar o reducir el esfuerzo manual con medios mecánicos, como grúas o polipastos. Si no es posible, la guía propone medidas organizativas: pausas, rotación y movilización en equipo. Añade medidas técnicas: sábanas y tablas deslizantes, discos giratorios, cinturones, sillas de ruedas y camas y camillas regulables. Por último, medidas complementarias, como la formación o el calzado antideslizante, que acompañan a las anteriores pero no las sustituyen (INSST, GT manipulación manual de cargas, 2024). La NTP 907 describe el método MAPO, que mide este riesgo en las plantas de hospital. Distingue al paciente no colaborador (hay que levantarlo por completo) del parcialmente colaborador. El índice se clasifica como un semáforo: aceptable hasta 1,5, moderado hasta 5 y elevado por encima de 5. En España, al aplicarlo, el celador cuenta como plantilla del servicio (INSST, NTP 907).
Técnicas con ayudas menores (INSST, NTP 1197, guía de buenas prácticas). La sábana tubular deslizante sube al paciente hacia el cabecero: se coloca en Trendelenburg (pies más altos que la cabeza) y se retira de los pies a la cabeza sin lateralizarlo. Se recomienda una sábana por cada 5 pacientes no autónomos. El disco de suelo con cinturón exige que la persona soporte su peso; si no puede, se usa grúa. La tabla horizontal pasa al paciente de cama a camilla: las superficies se ponen a la misma altura o a favor de la de destino, se mete un tercio de la tabla bajo su cuerpo y un profesional tira de la sábana mientras el otro empuja. La tabla de sedestación sirve para pasar de cama a silla. El transfer sentado exige sillas con apoyabrazos extraíbles, y la grúa de bipedestación, que el paciente pueda sostenerse de pie (INSHT, Buenas prácticas TME, 2013).
Técnicas manuales: el método Dotte (INSST, NTP 1142). Se basa en posturas con la espalda recta. En la banqueta se hacen la mayoría de las movilizaciones; el caballero sirviente sirve para trabajar a ras de suelo; la finta lateral, para los enderezamientos, con el lado flexionado hacia la carga; y el rappel lleva el peso hacia atrás usando al paciente como contrapeso. La NTP agrupa las maniobras en nueve tipos. Los rodamientos llevan al paciente a decúbito lateral, por ejemplo para cambiar las sábanas. Los traspasos van de camilla o cama a silla sin apoyar los pies, y los traslados, de camilla de transporte a cama. Los transportes requieren al menos dos cuidadores. Para pasar de la cama a la silla de ruedas, el cuidador hace un rappel y pivota sobre la punta de los pies para no torcer la columna.
Claves para el examen
- SAN668_1, nivel 1, familia Sanidad; 360 horas de formación asociada (RD 1790/2011)
- MF2251_1: 60 h; MF2252_1: 180 h; MF2253_1: 120 h (RD 1790/2011)
- UC2252_1: traslado y movilización en el acceso y en las unidades de hospitalización (RD 1790/2011)
- RP1: colaborar en la movilización ayudando a enfermería y bajo su supervisión (UC2252_1)
- Transferencias de un medio a otro: según prescripción facultativa (UC2252_1, CR 1.6)
- Identidad del paciente: cotejarla con la solicitud del servicio (UC2252_1, CR 3.1)
- Circuito fijado con anterioridad; velocidad acorde a la gravedad de la patología (UC2252_1, CR 3.4 y 3.5)
- Celador: traslada a los enfermos dentro de la Institución y en ambulancias; ayuda a mover encamados para hacer las camas (Estatuto 1971, art. 14.2)
- Manipulación manual de cargas: riesgo en particular dorsolumbar; prioridad, el manejo mecánico (RD 487/1997, arts. 2 y 3)
- Entre dos personas: capacidad de levantamiento igual a 2/3 de la suma de las individuales (INSST, GT 2024)
- Medidas complementarias: acompañan a las otras, no las sustituyen (INSST, GT 2024, apéndice 3)
- MAPO: hasta 1,5 aceptable; de 1,51 a 5 moderado; más de 5 elevado; celador = plantilla del servicio (INSST, NTP 907)
- Sábana tubular: 1 por cada 5 pacientes no autónomos; tabla horizontal: 2 por unidad y un tercio bajo el cuerpo (INSST, NTP 1197)
- Dotte: banqueta, finta lateral (lado flexionado hacia la carga), rappel (paciente como contrapeso) (INSST, NTP 1142)
💡 Truco
Para la RP3 de traslado, recuerda «Identifico, Compruebo, Planifico, Voy despacio»: primero coteja la identidad con la solicitud (CR 3.1), luego comprueba datos y pruebas (CR 3.2), fija el circuito con antelación (CR 3.4) y ajusta la velocidad a la gravedad (CR 3.5). Y en todo el RD: movilización, bajo la supervisión de enfermería; transferencias, según prescripción facultativa.
🤓 Curiosidad
Según la NTP 907 del INSST, una carga en el disco lumbar de unos 400 kg ya basta para romper la unidad disco-vertebral en una mujer, y unos 580 kg en un hombre. Algunas maniobras manuales de movilización de pacientes pueden superar ese valor en situaciones reales.
📚 Normativa del tema
- Real Decreto 1790/2011, de 16 de diciembre, anexo DCLXVIII: cualificación SAN668_1 (BOE-A-2012-809)
- Orden de 5 de julio de 1971, Estatuto de Personal no Sanitario de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, art. 14.2 (BOE-A-1971-913)
- Real Decreto 487/1997, de 14 de abril, sobre manipulación manual de cargas (BOE-A-1997-8670)
- INSST, Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la manipulación manual de cargas (2024)
- INSST, NTP 1197: Ayudas menores para la movilización y transferencia de personas en los ámbitos sanitario y sociosanitario (2024)
- INSST, NTP 1142: Ergomotricidad práctica ante trastornos musculoesqueléticos del personal sanitario: método Dotte (2020)
- INSST, NTP 907: Evaluación del riesgo por manipulación manual de pacientes: método MAPO (2011)
- INSHT (INSST), Prevención de trastornos musculoesqueléticos en el sector sanitario. Buenas prácticas (2013)
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