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Artículo 33 de la Ley 55/2003 del Estatuto Marco: Selección de personal estatutario temporal

Lo citan 6 preguntas del banco de SanidadOpo (tests de los temas y exámenes oficiales), de Auxiliar Administrativo GVA Sanitat, Auxiliar Administrativo IB-Salut, Auxiliar Administrativo ICS, Auxiliar Administrativo SCS, Auxiliar Administrativo SERGAS, Auxiliar Administrativo SERMAS, Auxiliar Administrativo SESCAM, Celador/a GVA Sanitat y 9 más. Abajo tienes el texto vigente del BOE, lo que hay que saber, preguntas de ejemplo y los artículos relacionados.

📝 3 preguntas en los tests de los temas🏛️ 3 preguntas de exámenes oficiales🏥 17 oposiciones

Ha salido en los exámenes oficiales de Auxiliar Administrativo ICS (2017); Auxiliar Administrativo SERMAS (2026); Celador/a SESCAM (2026).

Lo que hay que saber del artículo 33

Del resumen del Auxiliar Administrativo GVA Sanitat · tema 4: El Estatuto Marco del personal estatutario (Ley 55/2003):

Del resumen del Auxiliar Administrativo SERGAS · tema 15: Plantilla:

Texto del artículo 33

Capítulo VI. Provisión de plazas, selección y promoción interna · Texto consolidado del BOE, actualizado a 18/12/2025

Artículo 33. Selección de personal estatutario temporal.

1. La selección del personal estatutario temporal se efectuará a través de procedimientos que permitan la máxima agilidad en la selección, procedimientos que se basarán en todo caso en los principios de igualdad, mérito, capacidad, competencia, publicidad y celeridad y tendrán por finalidad la cobertura inmediata del puesto. Dichos procedimientos serán establecidos previa negociación en las mesas generales o sectoriales correspondientes, utilizando para los nombramientos cualquiera de los supuestos contemplados en el artículo 9.1 y 9 bis.1 de esta ley.

El nombramiento derivado de estos procedimientos de selección en ningún caso dará lugar al reconocimiento de la condición de estatutario fijo.

En todo caso, el personal estatutario temporal deberá reunir los requisitos establecidos en el artículo 30.5 de esta ley.

2. Las plazas desempeñadas por personal estatutario interino deberán ser objeto de cobertura inmediata mediante cualquiera de los mecanismos de provisión o movilidad previstos en la normativa de cada Administración sanitaria. La cobertura de la plaza conlleva el cese del personal estatutario interino que venía desempeñándola.

3. El personal estatutario temporal podrá estar sujeto a un período de prueba, durante el que será posible la resolución de la relación estatutaria a instancia de cualquiera de las partes.

El período de prueba no podrá superar los tres meses de trabajo efectivo en el caso del personal previsto en los artículos 6.2.a) y 7.2.a) de esta ley y los dos meses para el resto del personal. En ningún caso el período de prueba podrá exceder de la mitad de la duración del nombramiento, si esta está precisada en el mismo.

La no superación del periodo de prueba obedecerá a motivos razonados, y se comunicará por escrito al interesado.

Estará exento del período de prueba quien ya lo hubiera superado con ocasión de un anterior nombramiento temporal para la realización de funciones de las mismas características en el Sistema Nacional de Salud en los dos años anteriores a la expedición del nuevo nombramiento.

Se modifica por el art. único.3 del Real Decreto-ley 12/2022, de 5 de julio de 2022. #au

Téngase en cuenta que esta modificación será de aplicación únicamente respecto del personal estatutario temporal nombrado o contratado con posterioridad a la entrada en vigor del citado Real Decreto-ley, según establece su disposición transitoria primera.

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 18/12/2025. Las notas en gris dicen qué norma cambió el artículo y cuándo. Ver en el BOE

2 preguntas sobre este artículo

De las que puedes hacer gratis en SanidadOpo, con la respuesta correcta:

  1. Test del tema 4 de Auxiliar Administrativo GVA Sanitat (gratis)

    Según el artículo 33.3 de la Ley 55/2003, el período de prueba al que puede estar sujeto el personal estatutario temporal no incluido en los artículos 6.2.a) y 7.2.a) no podrá superar:

    1. seis meses
    2. un mes
    3. dos meses
    4. tres meses
    Ver la respuesta

    c) dos meses.

    Fuente: «en el caso del personal previsto en los artículos 6.2.a) y 7.2.a) de esta ley y los dos meses para el resto del personal» (Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, art. 33.3)

  2. Examen oficial: Pruebas selectivas turno libre Grupo Auxiliar Administrativo de Función Administrativa (Grupo C, Subgrupo… (gratis en SanidadOpo)

    En el marco de la selección de personal estatutario temporal, está exento del periodo de prueba quién ya lo hubiera superado con ocasión de un anterior nombramiento temporal para la realización de funciones de las mismas características en el SNS en:

    1. Los seis meses anteriores a la expedición del nuevo nombramiento
    2. El año anterior a la expedición del nuevo nombramiento
    3. Los dieciocho meses anteriores a la expedición del nuevo nombramiento
    4. En los dos años anteriores a la expedición del nuevo nombramiento
    Ver la respuesta

    d) En los dos años anteriores a la expedición del nuevo nombramiento.

Las otras 4 preguntas que lo citan son de temas y exámenes Premium: aquí solo contamos cuántas son; se practican en la app, con la explicación de cada respuesta.

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