SanidadOpo
⭐ Premium

⚖️ Estatuto Marco del personal estatutario (Ley 55/2003) en las oposiciones de sanidad

Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. En los 99 exámenes oficiales de celador, TCAE y auxiliar administrativo que tenemos, 277 preguntas distintas se apoyan en ella, en 19 oposiciones distintas. Aquí tienes qué dice, qué artículos caen más y en qué temarios entra.

Qué es y por qué entra en tu examen

Es la ley de quien aprueba la oposición: celadores, TCAE y auxiliares administrativos de los servicios de salud no son funcionarios ni laborales, son personal estatutario, y su relación con el servicio de salud la regula el Estatuto Marco. Dice cómo se clasifica el personal, sus derechos y deberes, cómo se adquiere y se pierde la plaza, cómo se selecciona, las retribuciones, la jornada, las situaciones y el régimen disciplinario.

Es una norma básica para todo el Sistema Nacional de Salud: cada servicio de salud la desarrolla con sus propias normas de personal (en Galicia, por ejemplo, el personal estatutario del SERGAS tiene su propio tema), pero lo básico es igual en todas partes.

En los exámenes oficiales aparece sobre todo en auxiliar administrativo, que suele tener más temas de personal, pero también en celador y TCAE: tipos de personal temporal, causas de pérdida de la condición, sistemas de selección y conceptos retributivos.

Cómo está ordenada: 80 artículos en 14 capítulos: objeto y ámbito (1-4), clasificación del personal (5-9 quater), planificación y ordenación (10-16), derechos y deberes (17-19), adquisición y pérdida de la condición (20-28), provisión, selección y promoción interna (29-39), carrera profesional (40), retribuciones (41-45), jornada, permisos y licencias (46-61), situaciones (62-69), régimen disciplinario (70-75), incompatibilidades (76-77), representación, participación y negociación (78-80).

Los artículos que más caen en los exámenes oficiales

Contamos las preguntas de examen oficial cuya explicación cita cada artículo (una pregunta repetida en dos cuadernillos cuenta una vez). Al lado, lo que dice el artículo, explicado.

ArtículoPreguntasOposicionesQué dice
Art. 9
Personal estatutario temporal
106Personal estatutario temporal: nombrado por razones justificadas de necesidad y urgencia. El interino cubre una plaza vacante (máximo tres años), la ejecución de programas temporales (máximo tres años) o un exceso o acumulación de tareas (máximo nueve meses en un periodo de dieciocho). El sustituto tiene su propio artículo (9 bis). Se reformó en 2022: estúdialo en su versión vigente.
Art. 62
Situaciones
85Situaciones del personal estatutario fijo: servicio activo, servicios especiales, servicios bajo otro régimen jurídico, excedencia por servicios en el sector público, excedencia voluntaria y suspensión de funciones. Las comunidades autónomas pueden añadir otras, y se aplica también la excedencia por cuidado de familiares de los funcionarios.
Art. 42
Retribuciones básicas
75Retribuciones básicas: el sueldo de cada categoría según el título exigido, los trienios (por cada tres años de servicios) y dos pagas extraordinarias al año, preferentemente en junio y diciembre. Son iguales en todos los servicios de salud.
Art. 41
Criterios generales
64Retribuciones, criterios generales: se dividen en básicas y complementarias, responden a la cualificación técnica y profesional y aseguran un modelo común en las básicas. Las complementarias se orientan a la motivación, la actividad, la calidad, la dedicación y los objetivos. Las cuantías las fijan las leyes de presupuestos.
Art. 5
Criterios de clasificación del personal estatutario
54Criterios de clasificación del personal estatutario: según la función que desarrolla (sanitario o de gestión y servicios), el nivel del título exigido y el tipo de nombramiento (fijo o temporal).
Art. 31
Sistemas de selección
54Sistemas de selección: con carácter general, el concurso-oposición. Puede usarse la oposición cuando sea más adecuado por el colectivo o las funciones, y el concurso cuando lo aconsejen las peculiaridades de las tareas o la cualificación exigida.
Art. 34
Promoción interna
55Promoción interna: el personal fijo puede acceder, dentro de su servicio de salud, a otra categoría si el título exigido es de igual o superior nivel académico que el de la de procedencia, con al menos dos años de servicios como fijo en la de origen. Quien entra por promoción interna tiene preferencia para elegir plaza frente al que entra por turno libre.
Art. 37
Movilidad voluntaria
53Movilidad voluntaria: el Ministerio homologa las categorías para que haya movilidad entre servicios de salud. Los concursos de traslados se convocan periódicamente, preferentemente cada dos años, abiertos al personal fijo de la misma categoría de todos los servicios de salud. Si el destino es de otro servicio de salud, hay un mes para tomar posesión desde el cese, y los destinos obtenidos son irrenunciables salvo por otro concurso de movilidad.
Art. 43
Retribuciones complementarias
54Retribuciones complementarias: fijas o variables, las determina cada servicio de salud. Pueden ser el complemento de destino (nivel del puesto, en 14 pagas), el complemento específico (especial dificultad técnica, responsabilidad, peligrosidad…), el complemento de productividad, el complemento de atención continuada y el de carrera profesional.
Art. 73
Clases, anotación, prescripción y cancelación de las sanciones
53Sanciones: separación del servicio (solo por faltas muy graves), traslado forzoso con cambio de localidad (muy graves), suspensión de funciones (de 2 a 6 años por muy graves, hasta 2 por graves), traslado forzoso sin cambio de localidad (graves) y apercibimiento por escrito (leves). Las sanciones prescriben a los cuatro años, dos años y seis meses respectivamente.
Art. 18
Derechos colectivos
44Derechos colectivos: libre sindicación, actividad sindical, huelga (garantizando los servicios esenciales para la atención sanitaria), negociación colectiva, representación y participación, reunión, y servicios de prevención y órganos de representación en seguridad laboral.
Art. 21
Pérdida de la condición de personal estatutario fijo
43Pérdida de la condición de personal estatutario fijo. Causas: la renuncia, la pérdida de la nacionalidad que se tuvo en cuenta para el nombramiento, la sanción firme de separación del servicio, la pena de inhabilitación absoluta o especial, la jubilación y la incapacidad permanente.
Art. 39
Comisiones de servicio
44Comisiones de servicio: una plaza vacante o temporalmente desatendida puede cubrirse en comisión de servicios con personal de la misma categoría. El interesado cobra las retribuciones de la plaza que desempeña, salvo que sean inferiores a las de su plaza de origen, y conserva la reserva de su plaza.
Art. 6
Personal estatutario sanitario
32Personal estatutario sanitario: el que tiene nombramiento para ejercer una profesión o especialidad sanitaria. Se clasifica por el título exigido: formación universitaria (licenciados y diplomados con o sin título de especialista) y formación profesional (técnicos superiores y técnicos). El TCAE es personal sanitario técnico.
Art. 7
Personal estatutario de gestión y servicios
33Personal estatutario de gestión y servicios: el que tiene nombramiento para funciones de gestión o para profesiones u oficios no sanitarios. Se clasifica por el título exigido (universitario, formación profesional y otro personal). Celadores y auxiliares administrativos son personal de gestión y servicios.
Art. 29
Criterios generales de provisión
32Criterios generales de provisión: igualdad, mérito, capacidad y publicidad en la selección, la promoción y la movilidad; planificación de las necesidades y convocatorias periódicas; integración en el servicio de salud; movilidad en todo el Sistema Nacional de Salud; y coordinación entre administraciones.
Art. 30
Convocatorias de selección y requisitos de participación
32Convocatorias de selección y requisitos de participación: entre los requisitos, tener la nacionalidad que se exija, el título que pida la convocatoria, la capacidad funcional para el puesto, 16 años cumplidos sin superar la edad de jubilación forzosa, no haber sido separado del servicio ni estar inhabilitado, y, en su caso, no tener ya plaza fija de la misma categoría.
Art. 33
Selección de personal estatutario temporal
33Selección de personal estatutario temporal: por procedimientos ágiles basados en igualdad, mérito, capacidad, competencia, publicidad y celeridad, negociados en las mesas correspondientes. Nunca dan la condición de fijo. Puede haber un periodo de prueba de hasta tres meses para el personal universitario y de dos meses para el resto.
Art. 35
Promoción interna temporal
32Promoción interna temporal: por necesidades del servicio, al personal fijo se le puede ofrecer, de forma voluntaria y temporal, hacer funciones de una categoría del mismo nivel de titulación o superior si tiene el título. Sigue en servicio activo en su categoría, cobra las retribuciones de lo que hace salvo los trienios (los de su nombramiento) y no consolida derechos.
Art. 17
Derechos individuales
22Derechos individuales: estabilidad en el empleo, cobrar puntualmente, formación continuada, protección eficaz en seguridad y salud, movilidad voluntaria, promoción interna y desarrollo profesional, respeto a su dignidad e intimidad, descanso (jornada limitada, vacaciones y permisos), asistencia y protección de la administración, Seguridad Social, información sobre las funciones y objetivos de su unidad, no discriminación, jubilación y acción social. Se aplican también al personal temporal en lo que permita la naturaleza de cada derecho.
Art. 26
Jubilación
22Jubilación: forzosa a los 65 años, aunque el interesado puede pedir prolongar el servicio activo hasta los 70 si conserva la capacidad funcional, con autorización del servicio de salud según sus planes de ordenación. Puede ser voluntaria, total o parcial, en los términos de la Seguridad Social.
Art. 20
Adquisición de la condición de personal estatutario fijo
11Adquisición de la condición de personal estatutario fijo: superar el proceso selectivo, ser nombrado por el órgano competente e incorporarse a una plaza (toma de posesión) en el plazo que se fije.
Art. 44
Retribuciones del personal temporal
11Retribuciones del personal temporal: cobra todas las retribuciones básicas y complementarias de su nombramiento en su servicio de salud, con excepción de los trienios.
Art. 65
Servicios bajo otro régimen jurídico
11Servicios bajo otro régimen jurídico: situación del personal fijo que acepta pasar a trabajar, con otra relación de empleo, en centros gestionados por entidades creadas o participadas por el servicio de salud o surgidas de nuevas fórmulas de gestión.

Otros artículos que conviene saber

📚 El resumen, las claves y el test de la ley están en el tema 8 de Celador/a SERMAS: Ley 55/2003, de 16 de diciembre del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios…. Las mismas preguntas valen para cualquier oposición en la que entre.

📑 Artículo a artículo

77 artículos de la Ley 55/2003 del Estatuto Marco tienen su propia página: el texto vigente del BOE, cuántas preguntas los citan, preguntas de ejemplo y los artículos relacionados. Ordenados por las preguntas que los citan:

ArtículoTestsExámenes oficialesOposiciones
Art. 9
Personal estatutario temporal
71617
Art. 42
Retribuciones básicas
91117
Art. 43
Retribuciones complementarias
71217
Art. 72
Clases y prescripción de las faltas
81018
Art. 17
Derechos individuales
21518
Art. 19
Deberes
51018
Art. 67
Excedencia voluntaria
6917
Art. 18
Derechos colectivos
21217
Art. 41
Criterios generales
8617
Art. 46
Objeto y definiciones
7517
Art. 62
Situaciones
3917
Art. 31
Sistemas de selección
6517
Art. 34
Promoción interna
6517
Art. 37
Movilidad voluntaria
5518
Art. 40
Criterios generales de la carrera profesional
6417
Art. 73
Clases, anotación, prescripción y cancelación de las sanciones
2818
Art. 9 bis
Personal estatutario sustituto
3517
Art. 30
Convocatorias de selección y requisitos de participación
5317
Art. 48
Jornada complementaria
5317
Art. 51
Jornada y descanso diarios
5317
Art. 68
Suspensión de funciones
2617
Art. 6
Personal estatutario sanitario
2517
Art. 28
Recuperación de la condición de personal estatutario fijo
2517
Art. 4
Principios y criterios de ordenación del régimen estatutario
1517
Art. 5
Criterios de clasificación del personal estatutario
1517
Art. 20
Adquisición de la condición de personal estatutario fijo
4217
Art. 21
Pérdida de la condición de personal estatutario fijo
154
Art. 29
Criterios generales de provisión
3317
Art. 33
Selección de personal estatutario temporal
3317
Art. 39
Comisiones de servicio
2417
Art. 50
Pausa en el trabajo
2417
Art. 64
Servicios especiales
2417
Art. 22
Renuncia
2317
Art. 26
Jubilación
3217
Art. 35
Promoción interna temporal
2317
Art. 53
Vacaciones anuales
2317
Art. 63
Servicio activo
234
Art. 77
Normas específicas
2317
Art. 7
Personal estatutario de gestión y servicios
2217
Art. 9 quater
Medidas dirigidas al control de la temporalidad
1317
Art. 27
Incapacidad permanente
2217
Art. 66
Excedencia por prestar servicios en el sector público
2217
Art. 1
Objeto
1217
Art. 10
Principios generales
1217
Art. 47
Jornada ordinaria de trabajo
122
Art. 52
Descanso semanal
2117
Art. 61
Régimen de fiestas y permisos
2117
Art. 65
Servicios bajo otro régimen jurídico
2117
Art. 80
Pactos y acuerdos
2117
Art. 2
Ámbito de aplicación
1117
Art. 14
Ordenación del personal estatutario
022
Art. 15
Creación, modificación y supresión de categorías
1117
Art. 24
Sanción de separación del servicio
021
Art. 44
Retribuciones del personal temporal
1117
Art. 49
Régimen de jornada especial
2017
Art. 54
Régimen de descansos alternativos
2017
Art. 55
Personal nocturno
021
Art. 58
Carácter de los períodos de descanso
202
Art. 60
Jornada de trabajo a tiempo parcial
1117
Art. 71
Principios de la potestad disciplinaria
022
Art. 76
Régimen general
1117
Art. 79
Mesas sectoriales de negociación
1117
Art. 3
Normas sobre personal estatutario
1017
Art. 8
Personal estatutario fijo
1017
Art. 11
Foro Marco para el Diálogo Social
1017
Art. 13
Planes de ordenación de recursos humanos
1017
Art. 16
Registros de personal
1017
Art. 23
Pérdida de la nacionalidad
102
Art. 25
Penas de inhabilitación absoluta o especial
1017
Art. 32
Nombramientos de personal estatutario fijo
102
Art. 38
Coordinación y colaboración en las convocatorias
1017
Art. 45
Retribuciones de los aspirantes en prácticas
102
Art. 57
Determinación de los períodos de referencia
102
Art. 59
Medidas especiales en materia de salud pública
102
Art. 69
Reingreso al servicio activo
102
Art. 74
Procedimiento disciplinario
1017
Art. 75
Medidas provisionales
1017

En qué oposiciones entra

Temarios oficiales de SanidadOpo donde aparece, con el tema y su epígrafe oficial:

🩺 Haz los tests de esta ley gratis

Preguntas frecuentes

¿Cuántas preguntas del Estatuto Marco caen en el examen?

Depende de la oposición. En los 99 exámenes oficiales de sanidad que tenemos (celador, TCAE y auxiliar administrativo de 20 oposiciones), 277 preguntas distintas se apoyan en ella según su explicación, repartidas en 19 oposiciones. Donde más: Auxiliar Administrativo SCS (79), Auxiliar Administrativo ICS (42), Auxiliar Administrativo SERMAS (38).

¿Qué artículos del Estatuto Marco son los más preguntados?

Por número de preguntas de examen oficial: el 9 (personal estatutario temporal), el 62 (situaciones), el 42 (retribuciones básicas). La tabla de esta página los ordena todos.

¿Esto sustituye al texto de la ley?

No. Es una explicación para estudiar; lo que vale es el texto vigente publicado en el BOE (BOE-A-2003-23101), enlazado al final.

Fuente oficial

Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud (BOE, texto consolidado). Lo que vale es el texto vigente del BOE; si una pregunta de un examen antiguo choca con una reforma posterior, manda la versión vigente.

Recuento hecho con los exámenes oficiales y las explicaciones de SanidadOpo; se rehace cada vez que añadimos un examen.