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Artículo 89 de la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos: Derecho a la intimidad frente al uso de dispositivos de videovigilancia y de grabación de sonidos en el lugar de trabajo

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📝 2 preguntas en los tests de los temas🏥 16 oposiciones

Lo que hay que saber del artículo 89

Del resumen del Auxiliar Administrativo GVA Sanitat · tema 9: Protección de datos personales (LO 3/2018 y RGPD):

Texto del artículo 89

Título X. Garantía de los derechos digitales · Texto consolidado del BOE, actualizado a 08/10/2026

Artículo 89. Derecho a la intimidad frente al uso de dispositivos de videovigilancia y de grabación de sonidos en el lugar de trabajo.

1. Los empleadores podrán tratar las imágenes obtenidas a través de sistemas de cámaras o videocámaras para el ejercicio de las funciones de control de los trabajadores o los empleados públicos previstas, respectivamente, en el artículo 20.3 del Estatuto de los Trabajadores y en la legislación de función pública, siempre que estas funciones se ejerzan dentro de su marco legal y con los límites inherentes al mismo. Los empleadores habrán de informar con carácter previo, y de forma expresa, clara y concisa, a los trabajadores o los empleados públicos y, en su caso, a sus representantes, acerca de esta medida.

En el supuesto de que se haya captado la comisión flagrante de un acto ilícito por los trabajadores o los empleados públicos se entenderá cumplido el deber de informar cuando existiese al menos el dispositivo al que se refiere el artículo 22.4 de esta ley orgánica.

2. En ningún caso se admitirá la instalación de sistemas de grabación de sonidos ni de videovigilancia en lugares destinados al descanso o esparcimiento de los trabajadores o los empleados públicos, tales como vestuarios, aseos, comedores y análogos.

3. La utilización de sistemas similares a los referidos en los apartados anteriores para la grabación de sonidos en el lugar de trabajo se admitirá únicamente cuando resulten relevantes los riesgos para la seguridad de las instalaciones, bienes y personas derivados de la actividad que se desarrolle en el centro de trabajo y siempre respetando el principio de proporcionalidad, el de intervención mínima y las garantías previstas en los apartados anteriores. La supresión de los sonidos conservados por estos sistemas de grabación se realizará atendiendo a lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 22 de esta ley.

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 08/10/2026. Ver en el BOE

2 preguntas sobre este artículo

De las que puedes hacer gratis en SanidadOpo, con la respuesta correcta:

  1. Test del tema 9 de Auxiliar Administrativo GVA Sanitat (gratis)

    Según el artículo 89.1 de la Ley Orgánica 3/2018, si mediante sistemas de videovigilancia se ha captado la comisión flagrante de un acto ilícito por los trabajadores o empleados públicos, se entenderá cumplido el deber de informar cuando:

    1. Los representantes de los trabajadores hubieran sido informados verbalmente de la existencia de las cámaras.
    2. Se hubiera comunicado la instalación a la Agencia Española de Protección de Datos con un mes de antelación.
    3. Existiese al menos el dispositivo informativo al que se refiere el artículo 22.4 de la ley orgánica.
    4. El trabajador hubiera firmado en su contrato una cláusula genérica de consentimiento a la videovigilancia.
    Ver la respuesta

    c) Existiese al menos el dispositivo informativo al que se refiere el artículo 22.4 de la ley orgánica.

    Fuente: «se entenderá cumplido el deber de informar cuando existiese al menos el dispositivo al que se refiere el artículo 22.4 de esta ley orgánica» (Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, art. 89.1)

  2. Test del tema 9 de Auxiliar Administrativo GVA Sanitat (gratis)

    Conforme al artículo 89.2 de la Ley Orgánica 3/2018, en ningún caso se admitirá la instalación de sistemas de grabación de sonidos ni de videovigilancia en:

    1. Zonas de acceso restringido al público, como almacenes, archivos y salas de máquinas.
    2. Lugares destinados al descanso o esparcimiento, tales como vestuarios, aseos y comedores.
    3. Los accesos al centro de trabajo y los aparcamientos reservados a los empleados.
    4. Puestos de atención al público, como mostradores y ventanillas de admisión de pacientes.
    Ver la respuesta

    b) Lugares destinados al descanso o esparcimiento, tales como vestuarios, aseos y comedores.

    Fuente: «en lugares destinados al descanso o esparcimiento de los trabajadores o los empleados públicos, tales como vestuarios, aseos, comedores y análogos» (Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, art. 89.2)

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