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Artículo 25 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales: Protección de trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos

Lo citan 2 preguntas del banco de SanidadOpo (tests de los temas y exámenes oficiales), de Auxiliar Administrativo GVA Sanitat, Auxiliar Administrativo IB-Salut, Auxiliar Administrativo ICS, Auxiliar Administrativo SCS, Auxiliar Administrativo SERGAS, Auxiliar Administrativo SERMAS, Auxiliar Administrativo SESCAM, Celador/a GVA Sanitat y 11 más. Abajo tienes el texto vigente del BOE, lo que hay que saber, preguntas de ejemplo y los artículos relacionados.

📝 1 pregunta en los tests de los temas🏛️ 1 pregunta de exámenes oficiales🏥 19 oposiciones

Ha salido en los exámenes oficiales de Auxiliar Administrativo SCS (2023).

Lo que hay que saber del artículo 25

Del resumen del Auxiliar Administrativo GVA Sanitat · tema 10: Ley 31/1995, de prevención de riesgos laborales:

Texto del artículo 25

Capítulo III. Derechos y obligaciones · Texto consolidado del BOE, actualizado a 23/10/2026

Artículo 25. Protección de trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos.

1. El empresario garantizará de manera específica la protección de los trabajadores que, por sus propias características personales o estado biológico conocido, incluidos aquellos que tengan reconocida la situación de discapacidad física, psíquica o sensorial, sean especialmente sensibles a los riesgos derivados del trabajo. A tal fin, deberá tener en cuenta dichos aspectos en las evaluaciones de los riesgos y, en función de éstas, adoptará las medidas preventivas y de protección necesarias.

Los trabajadores no serán empleados en aquellos puestos de trabajo en los que, a causa de sus características personales, estado biológico o por su discapacidad física, psíquica o sensorial debidamente reconocida, puedan ellos, los demás trabajadores u otras personas relacionadas con la empresa ponerse en situación de peligro o, en general, cuando se encuentren manifiestamente en estados o situaciones transitorias que no respondan a las exigencias psicofísicas de los respectivos puestos de trabajo.

2. Igualmente, el empresario deberá tener en cuenta en las evaluaciones los factores de riesgo que puedan incidir en la función de procreación de los trabajadores y trabajadoras, en particular por la exposición a agentes físicos, químicos y biológicos que puedan ejercer efectos mutagénicos o de toxicidad para la procreación, tanto en los aspectos de la fertilidad, como del desarrollo de la descendencia, con objeto de adoptar las medidas preventivas necesarias.

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 23/10/2026. Ver en el BOE

2 preguntas sobre este artículo

De las que puedes hacer gratis en SanidadOpo, con la respuesta correcta:

  1. Test del tema 10 de Auxiliar Administrativo GVA Sanitat (gratis)

    Según el artículo 25.1 de la Ley 31/1995, el empresario garantizará de manera específica la protección de los trabajadores especialmente sensibles a los riesgos derivados del trabajo por:

    1. sus propias características personales o estado biológico conocido, incluida la discapacidad física, psíquica o sensorial reconocida.
    2. su falta de formación previa en materia preventiva o su escasa experiencia en el desempeño del puesto de trabajo.
    3. su condición de trabajadores con contrato temporal o de trabajadores contratados por empresas de trabajo temporal.
    4. su antigüedad en la empresa superior a diez años o por tener una edad superior a cincuenta y cinco años cumplidos.
    Ver la respuesta

    a) sus propias características personales o estado biológico conocido, incluida la discapacidad física, psíquica o sensorial reconocida.

    Fuente: «por sus propias características personales o estado biológico conocido, incluidos aquellos que tengan reconocida la situación de discapacidad física, psíquica o sensorial» (Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, art. 25.1)

  2. Examen oficial: SCS — Repertorio definitivo oficial de preguntas (banco de 300 preguntas con respuesta) — Grupo Auxiliar… (gratis en SanidadOpo)

    En relación a la protección de los trabajadores, según la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales:

    1. Los trabajadores no serán empleados en aquellos puestos de trabajo en los que, a causa de sus características personales, estado biológico o por su discapacidad física, psíquica o sensorial debidamente reconocida, puedan ponerse en situación de peligro.
    2. El empresario deberá tener en cuenta en las evaluaciones, los factores de riesgo que puedan incidir en la función de procreación de los trabajadores y trabajadoras.
    3. El empresario deberá efectuar una evaluación de los puestos de trabajo a desempeñar por los jóvenes menores de dieciocho años, antes de la incorporación de éstos al trabajo.
    4. Todas son correctas.
    Ver la respuesta

    d) Todas son correctas.

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El texto es el consolidado del BOE (las normas no tienen derechos de autor, art. 13 de la Ley de Propiedad Intelectual). Las cifras salen de las preguntas del banco de SanidadOpo y de los exámenes oficiales que tenemos; se rehacen cada vez que se añade un tema o un examen. SanidadOpo es una web privada de estudio, no oficial: lo que vale es el BOE.