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Artículo 16 de la Ley 39/2015: Registros

Lo citan 31 preguntas del banco de SanidadOpo (tests de los temas y exámenes oficiales), de Auxiliar Administrativo GVA Sanitat, Auxiliar Administrativo IB-Salut, Auxiliar Administrativo ICS, Auxiliar Administrativo SCS, Auxiliar Administrativo SERGAS, Auxiliar Administrativo SERMAS, Auxiliar Administrativo SESCAM, TCAE ICS. Abajo tienes el texto vigente del BOE, lo que hay que saber, preguntas de ejemplo y los artículos relacionados.

📝 23 preguntas en los tests de los temas🏛️ 8 preguntas de exámenes oficiales🏥 8 oposiciones

Ha salido en los exámenes oficiales de Auxiliar Administrativo GVA Sanitat (2022); Auxiliar Administrativo IB-Salut (2019); Auxiliar Administrativo ICS (2004); Auxiliar Administrativo SCS (2023); Auxiliar Administrativo SERGAS (2019); Auxiliar Administrativo SERMAS (2019); Auxiliar Administrativo SESCAM (2026).

Lo que hay que saber del artículo 16

Del resumen del Auxiliar Administrativo GVA Sanitat · tema 6: Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común:

Del resumen del Auxiliar Administrativo IB-Salut · tema 18: Las oficinas de asistencia en materia de registro:

Del resumen del Auxiliar Administrativo ICS · tema 12: Coneixements en organització del treball en institucions sanitàries:

Del resumen del Auxiliar Administrativo SCS · tema 11: Concepto de documento, registro y archivo. Documentación de uso de las instituciones sanitarias:

Del resumen del Auxiliar Administrativo SERGAS · tema 21: Clasificación y archivo de documentos. Ideas generales sobre el sistema de clasificación. Documentación de uso:

Texto del artículo 16

Título II. De la actividad de las Administraciones Públicas › Capítulo I. Normas generales de actuación · Texto consolidado del BOE, actualizado a 25/09/2026

Artículo 16. Registros.

1. Cada Administración dispondrá de un Registro Electrónico General, en el que se hará el correspondiente asiento de todo documento que sea presentado o que se reciba en cualquier órgano administrativo, Organismo público o Entidad vinculado o dependiente a éstos. También se podrán anotar en el mismo, la salida de los documentos oficiales dirigidos a otros órganos o particulares.

Los Organismos públicos vinculados o dependientes de cada Administración podrán disponer de su propio registro electrónico plenamente interoperable e interconectado con el Registro Electrónico General de la Administración de la que depende.

El Registro Electrónico General de cada Administración funcionará como un portal que facilitará el acceso a los registros electrónicos de cada Organismo. Tanto el Registro Electrónico General de cada Administración como los registros electrónicos de cada Organismo cumplirán con las garantías y medidas de seguridad previstas en la legislación en materia de protección de datos de carácter personal.

Las disposiciones de creación de los registros electrónicos se publicarán en el diario oficial correspondiente y su texto íntegro deberá estar disponible para consulta en la sede electrónica de acceso al registro. En todo caso, las disposiciones de creación de registros electrónicos especificarán el órgano o unidad responsable de su gestión, así como la fecha y hora oficial y los días declarados como inhábiles.

En la sede electrónica de acceso a cada registro figurará la relación actualizada de trámites que pueden iniciarse en el mismo.

2. Los asientos se anotarán respetando el orden temporal de recepción o salida de los documentos, e indicarán la fecha del día en que se produzcan. Concluido el trámite de registro, los documentos serán cursados sin dilación a sus destinatarios y a las unidades administrativas correspondientes desde el registro en que hubieran sido recibidas.

3. El registro electrónico de cada Administración u Organismo garantizará la constancia, en cada asiento que se practique, de un número, epígrafe expresivo de su naturaleza, fecha y hora de su presentación, identificación del interesado, órgano administrativo remitente, si procede, y persona u órgano administrativo al que se envía, y, en su caso, referencia al contenido del documento que se registra. Para ello, se emitirá automáticamente un recibo consistente en una copia autenticada del documento de que se trate, incluyendo la fecha y hora de presentación y el número de entrada de registro, así como un recibo acreditativo de otros documentos que, en su caso, lo acompañen, que garantice la integridad y el no repudio de los mismos.

4. Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:

a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.

b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.

c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.

e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Los registros electrónicos de todas y cada una de las Administraciones, deberán ser plenamente interoperables, de modo que se garantice su compatibilidad informática e interconexión, así como la transmisión telemática de los asientos registrales y de los documentos que se presenten en cualquiera de los registros.

5. Los documentos presentados de manera presencial ante las Administraciones Públicas, deberán ser digitalizados, de acuerdo con lo previsto en el artículo 27 y demás normativa aplicable, por la oficina de asistencia en materia de registros en la que hayan sido presentados para su incorporación al expediente administrativo electrónico, devolviéndose los originales al interesado, sin perjuicio de aquellos supuestos en que la norma determine la custodia por la Administración de los documentos presentados o resulte obligatoria la presentación de objetos o de documentos en un soporte específico no susceptibles de digitalización.

Reglamentariamente, las Administraciones podrán establecer la obligación de presentar determinados documentos por medios electrónicos para ciertos procedimientos y colectivos de personas físicas que, por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.

6. Podrán hacerse efectivos mediante transferencia dirigida a la oficina pública correspondiente cualesquiera cantidades que haya que satisfacer en el momento de la presentación de documentos a las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de su abono por otros medios.

7. Las Administraciones Públicas deberán hacer pública y mantener actualizada una relación de las oficinas en las que se prestará asistencia para la presentación electrónica de documentos.

8. No se tendrán por presentados en el registro aquellos documentos e información cuyo régimen especial establezca otra forma de presentación.

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 25/09/2026. Ver en el BOE

4 preguntas sobre este artículo

De las que puedes hacer gratis en SanidadOpo, con la respuesta correcta:

  1. Examen oficial: Concurso-oposición Auxiliar administrativo/a de la función administrativa (OPE 2017-2018 y estabilización… (gratis en SanidadOpo)

    Según el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante Ley 39/2015), los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse, indique la respuesta INCORRECTA:

    1. En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
    2. En todas las representaciones diplomáticas u oficinas consulares.
    3. En las oficinas de asistencia en materia de registros.
    4. En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de esta Ley.
    Ver la respuesta

    b) En todas las representaciones diplomáticas u oficinas consulares.

  2. Examen oficial: IB-Salut - Grupo auxiliar administrativo de la función administrativa - Turno libre - Examen 07/04/2019… (gratis en SanidadOpo)

    Según la Ley 39/15 de Procedimiento Administrativo Común, los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones públicas podrán presentarse (señale la INCORRECTA):

    1. En las oficinas de asistencia en materia de registros
    2. En las oficinas de Correos
    3. En las representaciones diplomáticas y consulares extranjeras en España
    4. En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes
    Ver la respuesta

    c) En las representaciones diplomáticas y consulares extranjeras en España.

  3. Examen oficial: SCS — Repertorio definitivo oficial de preguntas (banco de 300 preguntas con respuesta) — Grupo Auxiliar… (gratis en SanidadOpo)

    De acuerdo con el art. 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse en:

    1. En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
    2. En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan.
    3. En las oficinas de Correos.
    4. Todas las respuestas son correctas.
    Ver la respuesta

    d) Todas las respuestas son correctas.

  4. Examen oficial: Grupo Auxiliar de la Función Administrativa (SESCAM) - OEP 2023-2024, Resolución 23/06/2025 (DOCM nº 123… (gratis en SanidadOpo)

    Conforme a la Ley 39/2015, las disposiciones de creación de registros electrónicos especificarán:

    1. Los días hábiles.
    2. Los días declarados como inhábiles.
    3. Los días laborables.
    4. Los días y horas hábiles.
    Ver la respuesta

    b) Los días declarados como inhábiles.

Las otras 26 preguntas que lo citan son de temas y exámenes Premium: aquí solo contamos cuántas son; se practican en la app, con la explicación de cada respuesta.

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